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DIVORCIO ANTE NOTARIO

DERECHO DE FAMILIA

El divorcio de mutuo acuerdo notarial permite disolver el vínculo matrimonial ante Notario, es más fácil, ágil  y rápido que el juicio de divorcio. El divorcio ante Notario se introdujo en el año 2015 con la Ley 15/2015 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria .
 

Las otras normas que regulan el divorcio notarial son:

  • El Código Civil en sus artículos 82, 83, 87, 89 y 90.
  • La Ley de Notariado en su artículo 54.
  • La Ley de Registro Civil en su artículo 61.

Sin embargo para poder tramitar el divorcio ante Notario se precisan unos requisitos que son los mismos que encontramos en el Codi Civil de Catalunya en el artículo 233-2 y siguientes, y en el artículo 777 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, es decir:

1.- Que hayan transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio.
2.- Que sea de mutuo acuerdo.
3.- La escritura debe contener la voluntad inequívoca de los cónyuges de divorciarse o separarse y se determinarán las medidas que regularán los efectos del divorcio.
4.- No pueden existir hijos menores de edad no emancipados.
5.- Si los hijos son mayores de edad o menores de edad emancipados deberán prestar su consentimiento ante el Notario en relación a las medidas que les puedan afectar, en caso de que no tengan ingresos o residan en el domicilio que hasta ahora ha sido el familiar.
6.- El día de la firma los cónyuges deben comparecer obligatoriamente en la Notaria, no pueden ser representados.
7.- Es obligatoria la asistencia de abogado quien elaborará el convenio regulador y quien firmará también la escritura.

La Notaría competente será la del último domicilio común o la del domicilio habitual de cualquiera de los solicitantes.

Que documentos son necesarios para tramitar el divorcio ante Notario:
1.- Documento Nacional de Identidad de los cónyuges y de los hijos mayores de edad o menores emancipados.
2.- Libro de Familia.
3.- Certificado de matrimonio y de nacimiento de los hijos mayores si los hay.
4.- Certificado de Empadronamiento.
5.- Documento Nacional de Identidad y Carnet de colegiado como ejerciente del abogado que comparezca en la firma de la escritura.
6.- Convenio Regulador de divorcio acordado y redactado por el abogado contratado.

Una vez firmada la escritura de divorcio, después de comprobar que se cumplen todos los requisitos,  el Notario se encargará de su inscripción en el Registro Civil.


 
12 Marzo 2024


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